Lima, may. 23 (ANDINA). El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy el reglamento de la Ley N° 29451 que establece el Régimen Especial de Jubilación para la Sociedad Conyugal y las Uniones de Hecho, cuyos miembros cumplan con ser mayores de 65 años de edad y que en conjunto acrediten un período no menor de 20 años de aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones.
El reglamento establece que la edad mínima de jubilación requerida para ambos cónyuges o convivientes es de 65 años de edad cumplidos, al momento de la presentación de la solicitud de ...
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miércoles, 26 de mayo de 2010
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